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(#LaCity): La Justicia sí existe: ordenan a la obra social de la UNR a cubrir un tratamiento de hemodiálisis

(#LaCity): La Justicia sí existe: ordenan a la obra social de la UNR a cubrir un tratamiento de hemodiálisis

La obra social de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) deberá garantizar la cobertura del tratamiento de hemodiálisis con una frecuencia de tres veces por semana, además de la realización de estudios pretrasplantes, a un paciente que sufre una deficiencia renal crónica y a quien dejaron de brindarle el tratamiento en mayo pasado.


Si bien se trata de un docente jubilado de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC), las abogadas patrocinantes argumentaron la presentación en los convenios de reciprocidad existentes entre las obras sociales, y así también lo entendió la Justicia Federal a través de la jueza subrogante Sylvia Aramberri, que hizo lugar al pedido que había sido presentado días antes de la feria judicial.

Arturo D. M. fue profesor de la UNC y tras jubilarse quedó afiliado a la Dirección de Asistencia Social del Personal Universitario (Daspu), a través de la cual venía recibiendo los tratamientos que requería. Sin embargo, el debilitamiento de su salud y la necesidad de trasladarse a Rosario, la ciudad donde reside su hija y parte de su familia, hicieron que apelara al convenio entre las obras sociales para poder comenzar a tratarse a través de la Obra Social de la UNR.

Si bien el requerimiento presentado apunta específicamente al tratamiento de hemodiálisis trimestral, así como la reparación quirúrgica de una prótesis y la realización de estudios pretrasplantes, la resolución judicial detalla un cuadro de salud que incluye "una patología cardíaca por haber sufrido un infarto, siendo asimismo diabético y padeciendo Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica (Epoc), además de sufrir insuficiencia renal crónica", que es lo que lo obliga a dializarse en forma periódica. "Y se le ha indicado la realización en el futuro de un trasplante renal", indica la resolución de Aramberri.

SIN TRATAMIENTO

Pese que su vida depende del tratamiento de la hemodiálisis, el 13 de mayo de este año, Arturo D.M. se quedó sin la cobertura que tras su mudanza a Rosario le debía garantizar la UNR. Es más, ante ese escenario, llegó a afrontar muchas de las prestaciones en forma particular.

"La obra social en Rosario decía que no era su afiliado y se lo negaba, cuando existe un convenio de reciprocidad en el marco de la Red Nacional de Obras Sociales Universitarias (Cosun), incluso hay registro de cartas documento entre una y otra obra social endilgándose las responsabilidades", indicó Carina Mazzeo, una de las abogadas patrocinantes del paciente.

La letrada destacó que "la falta de tratamiento pone en riesgo la vida de Arturo" e insistió en que "de ninguna manera puede suspenderse, ya que incluso se trata de una persona que está realizándose los estudios correspondientes para ingresar a la lista de espera para un trasplante renal".

Sobre el funcionamiento de las obras sociales y el convenio vigente, Mazzeo detalló que "se trata de dos obras sociales universitarias, que son en realidad cajas provinciales y cada una tiene cobertura provincial", y agregó: "Lo que sucede cuando un afiliado se muda es que la obra social de la provincia de residencia es la que debe hacerse cargo de las prestaciones, aunque luego acuerda con la de origen cuestiones de costos y pagos; pero el paciente debe recibir el tratamiento y en este caso, la que paga es Córdoba".

Ahora, con la decisión de la Justicia Federal, el paciente debe recibir "en forma inmediata" el tratamiento; y más aún, ante la realización de un trasplante, también deberá ser afrontado por las obras sociales.
 
 
 
Fuente: La Capital